lunes, 15 de abril de 2013

Bienes en el extranjero: Se termina el plazo

El próximo 30 de Abril expira el plazo para informar sobre los bienes en el extranjero.

Hay obligación de informar en caso de ostentar la propiedad, que estén a nuestra disposición o sean de su titularidad de los siguientes bienes que estén fuera del territorio nacional:
- Cuentas abiertas en entidades financieras (titulares o beneficiarios)
- Seguros de vida o invalidadez (tomadores)
- Rentas vitalicias o temporales obtenidas como consecuencia de la entrega de dinero, bienes muebles o inmuebles contratados con entidades extranjeras.
- Inmuebles y/o derechos sobre los mismos.
- Títulos, activos, valores o derechos sobre el capital social, fondos propios o patrimonio de cualquier tipo de entidad, o de la cesión a terceros de capitales propios.

Deberán informar todos aquellos obligados tributarios (titulares reales)que posean bienes en el extranjero por importe superior a 50.000 Euros.

Las sanciones por no informar son elevadas, y no cabe la prescripción de la obligación de informar, en lo que respecta al origen de los bienes y la aplicación de la norma.

No hay comentarios:

Publicar un comentario