Condiciones en las que deben desarrollarse las
actividades de hostelería y restauración
Actividades
de hostelería y restauración.
Podrán realizarse mediante:
-
servicios de
entrega a domicilio
-
y mediante
la recogida de pedidos por los clientes en los establecimientos
correspondientes
Queda prohibido el consumo en el interior de los
establecimientos.
En los servicios de entrega a domicilio:
podrá
establecerse un sistema de reparto preferente para personas mayores de 65 años,
personas dependientes u otros colectivos más vulnerables a la infección por
COVID-19.3.
En los servicios de recogida en el establecimiento:
-
el cliente deberá
realizar el pedido por teléfono o en línea y
-
el
establecimiento fijará un horario de recogida del mismo, evitando
aglomeraciones en las inmediaciones del establecimiento.
-
el
establecimiento deberá contar con un espacio habilitado y señalizado para
la recogida de los pedidos donde se realizará el intercambio y pago.
-
En todo
caso, deberá garantizarse la debida separación física (2 metros),
cuando esto no sea posible, con la instalación de mostradores o mamparas.
En aquellos establecimientos
que dispongan de puntos de solicitud y recogida de pedidos para vehículos,
el cliente podrá realizar los pedidos desde su vehículo en el propio
establecimiento y proceder a su posterior recogida.
Los
establecimientos solo
podrán permanecer abiertos al público durante el horario de recogida de pedidos.
Medidas de
prevención de riesgos para el personal.
No podrán
incorporarse a sus puestos de trabajo:
-
Trabajadores
que en el momento de la reapertura del establecimiento comercial estén en
aislamiento domiciliario por tener diagnóstico de COVID-19 o tengan alguno de
los síntomas compatibles
-
Trabajadores
que, no teniendo síntomas, se encuentren en período de cuarentena domiciliaria
por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticada de
COVID-19.2.
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