lunes, 4 de mayo de 2020

Hosteleria y Restauración Covid-19



Condiciones en las que deben desarrollarse las actividades de hostelería y restauración


Actividades de hostelería y restauración.

Podrán realizarse mediante:
-      servicios de entrega a domicilio
-      y mediante la recogida de pedidos por los clientes en los establecimientos correspondientes

Queda prohibido el consumo en el interior de los establecimientos.

En los servicios de entrega a domicilio:
podrá establecerse un sistema de reparto preferente para personas mayores de 65 años, personas dependientes u otros colectivos más vulnerables a la infección por COVID-19.3.

En los servicios de recogida en el establecimiento:
-      el cliente deberá realizar el pedido por teléfono o en línea y
-      el establecimiento fijará un horario de recogida del mismo, evitando aglomeraciones en las inmediaciones del establecimiento.
-      el establecimiento deberá contar con un espacio habilitado y señalizado para la recogida de los pedidos donde se realizará el intercambio y pago.
-      En todo caso, deberá garantizarse la debida separación física (2 metros), cuando esto no sea posible, con la instalación de mostradores o mamparas.

En aquellos establecimientos que dispongan de puntos de solicitud y recogida de pedidos para vehículos, el cliente podrá realizar los pedidos desde su vehículo en el propio establecimiento y proceder a su posterior recogida.

Los establecimientos solo podrán permanecer abiertos al público durante el horario de recogida de pedidos.


Medidas de prevención de riesgos para el personal.

No podrán incorporarse a sus puestos de trabajo:
-      Trabajadores que en el momento de la reapertura del establecimiento comercial estén en aislamiento domiciliario por tener diagnóstico de COVID-19 o tengan alguno de los síntomas compatibles
-      Trabajadores que, no teniendo síntomas, se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticada de COVID-19.2.

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